Las naciones desarrolladas han sido objeto de
transformaciones desde comienzos del siglo XX como consecuencia de avances
tecnológicos y cambios en la organización económica y el acceso a la
información. Una de las consecuencias más directas de estas transformaciones es
el progresivo aumento de los flujos migratorios, tanto intra-nacionales, que
llevan a abandonar el campo y nuclearse en las grandes ciudades, como entre
países, principalmente desde aquellos más pobres hacia los más ricos y
desarrollados. Estas transformaciones se han acelerado en las últimas décadas
produciendo cambios en la estructura y mentalidad social y, como no podía ser
de otra forma, han llegado también al ámbito escolar.
De la homogeneidad de las escuelas de un siglo atrás, se ha
pasado a la heterogeneidad debido a la ampliación de la población que tiene
acceso a la educación, motivado por múltiples factores. Sin embargo, dos son
los que mayor repercusión han tenido en el entorno educativo: la ampliación de
la obligatoriedad de la educación y la incorporación de estudiantes
provenientes de otras culturas.
En el primer caso, la educación ha pasado de ser un
beneficio de las élites a un derecho de todos para ser, finalmente, una
obligación. Obligación que es también beneficio y derecho. En nuestro país, la
Ley Moyano (1857) declara la obligatoriedad de la enseñanza primaria y, más de
un siglo después, la LOGSE (1990) la amplía hasta los 16 años, en consonancia
con las demandas de los Sistemas Educativos del entorno europeo.
En el segundo caso, como consecuencia de las corrientes
migratorias de nuestro tiempo se han incorporado a los centros educativos
estudiantes provenientes de otras culturas. La inmigración hacia los países
europeos con mayores recursos viene produciéndose desde los años sesenta. En
España, Italia y Portugal la inmigración se incrementa considerablemente a
partir de la década de los ochenta.
Ambos factores conllevan cambios no sólo cuantitativos, en
el número de alumnado, sino cualitativos puesto que introducen una mayor
diversidad en los centros educativos. Incluso podríamos asegurar que, en
España, debido a la reducción de la población autóctona en edad escolar, el
cambio no es tanto cuantitativo como cualitativo. De hecho, el número total de
alumnos y alumnas se reduce desde el curso 1990-91: según datos de la Oficina
de Estadística del MEC (2008) el número total de alumnas y alumnos en régimen
de enseñanza general era de 8.378.935 en 1990-1991; de 7.865.660 en 1994-1995 y
de 7.081.682 en 2006-2007. De ese alumnado el número de extranjeros era, en el
curso 1994-1995 de 53.214, mientras que en 2006-2007 ascendía a 591.560.
En consecuencia, estos datos ponen de manifiesto que es el
alumnado extranjero el que está manteniendo los cupos necesarios por centros lo
que, por una parte, permite no desmantelar aulas y, por otra, se introduce un
mayor grado de diversidad, de carácter cultural, en las mismas.
Al reconocer la diversidad en los centros escolares,
atenderla se convierte en un principio básico de los sistemas educativos
actuales. En la tradición educativa ha tenido y tiene, sin embargo, un gran
peso la atención a grupos homogéneos, especialmente en los mayores de doce
años. Mientras que la educación secundaria no ha sido obligatoria, el centro
escolar ha tenido un cierto grado de libertad para seleccionar a su alumnado,
para decidir quiénes continuaban en el sistema educativo y quiénes eran
derivados directamente al ámbito profesional. La obligatoriedad hasta los 16
años excluye esta posibilidad, junto con las dificultades de incorporarse al
mundo laboral sin suficiente formación.
Encontrarse en las aulas con un alumnado adolescente
diverso, no sólo en capacidades y conocimientos, sino también en valores,
intereses, motivación y formas de interpretar el mundo, implica un reto para la
escuela y el profesorado que son, en última instancia, quienes deben concretar
el principio de atención a la diversidad en la planificación y organización de
los centros y las aulas.
La obligatoriedad implica no sólo la obligación del alumno/a
a asistir a clase sino también que la escuela está obligada a proporcionarle
los medios para su máximo desarrollo personal y posibilidades de integración
social. Ello significa que ante esa diversidad de alumnado no pueda juzgarse a
todos según unos únicos estándares válidos y mantenerse el cumplimiento de unos
objetivos de máximos iguales para todos, sino que debe procurarse la
consecución de unos mínimos exigibles a la mayoría y unos máximos para cada uno
según su propio potencial. No se trata de tratar a todos igual sino a cada uno
en forma diferente de acuerdo con sus características y necesidades, para
garantizar precisamente la igualdad de oportunidades. La igualdad no es un
requisito previo del/la estudiante sino un derecho a conseguir en cuanto a
oportunidades, desarrollo personal y participación social, independientemente
de sus características o procedencia.
Evidentemente la realidad educativa de los distintos países
del mundo es también diversa: mientras en los países más desarrollados trata de
concretarse esta atención a la diversidad en el ámbito escolar desarrollando
recursos para que la incorporación de todos y todas sea una realidad no
excluyente, ampliando la edad obligatoria de permanencia en el sistema y
valorando la enseñanza individualizada; hay países subdesarrollados o en vías
de desarrollo donde muchos niños, niñas y jóvenes permanecen al margen del
sistema educativo y no llegan a escolarizarse. En este artículo indagaremos sobre
las bases teóricas de la atención a la diversidad cultural, centrándonos sobre
todo en la realidad más cercana.
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