miércoles, 7 de diciembre de 2022

 Del modelo de la exclusión al modelo de la inclusión

 

Las naciones desarrolladas han sido objeto de transformaciones desde comienzos del siglo XX como consecuencia de avances tecnológicos y cambios en la organización económica y el acceso a la información. Una de las consecuencias más directas de estas transformaciones es el progresivo aumento de los flujos migratorios, tanto intra-nacionales, que llevan a abandonar el campo y nuclearse en las grandes ciudades, como entre países, principalmente desde aquellos más pobres hacia los más ricos y desarrollados. Estas transformaciones se han acelerado en las últimas décadas produciendo cambios en la estructura y mentalidad social y, como no podía ser de otra forma, han llegado también al ámbito escolar.

 

De la homogeneidad de las escuelas de un siglo atrás, se ha pasado a la heterogeneidad debido a la ampliación de la población que tiene acceso a la educación, motivado por múltiples factores. Sin embargo, dos son los que mayor repercusión han tenido en el entorno educativo: la ampliación de la obligatoriedad de la educación y la incorporación de estudiantes provenientes de otras culturas.

 

En el primer caso, la educación ha pasado de ser un beneficio de las élites a un derecho de todos para ser, finalmente, una obligación. Obligación que es también beneficio y derecho. En nuestro país, la Ley Moyano (1857) declara la obligatoriedad de la enseñanza primaria y, más de un siglo después, la LOGSE (1990) la amplía hasta los 16 años, en consonancia con las demandas de los Sistemas Educativos del entorno europeo.

 

En el segundo caso, como consecuencia de las corrientes migratorias de nuestro tiempo se han incorporado a los centros educativos estudiantes provenientes de otras culturas. La inmigración hacia los países europeos con mayores recursos viene produciéndose desde los años sesenta. En España, Italia y Portugal la inmigración se incrementa considerablemente a partir de la década de los ochenta.

 

Ambos factores conllevan cambios no sólo cuantitativos, en el número de alumnado, sino cualitativos puesto que introducen una mayor diversidad en los centros educativos. Incluso podríamos asegurar que, en España, debido a la reducción de la población autóctona en edad escolar, el cambio no es tanto cuantitativo como cualitativo. De hecho, el número total de alumnos y alumnas se reduce desde el curso 1990-91: según datos de la Oficina de Estadística del MEC (2008) el número total de alumnas y alumnos en régimen de enseñanza general era de 8.378.935 en 1990-1991; de 7.865.660 en 1994-1995 y de 7.081.682 en 2006-2007. De ese alumnado el número de extranjeros era, en el curso 1994-1995 de 53.214, mientras que en 2006-2007 ascendía a 591.560.

 

En consecuencia, estos datos ponen de manifiesto que es el alumnado extranjero el que está manteniendo los cupos necesarios por centros lo que, por una parte, permite no desmantelar aulas y, por otra, se introduce un mayor grado de diversidad, de carácter cultural, en las mismas.

 

Al reconocer la diversidad en los centros escolares, atenderla se convierte en un principio básico de los sistemas educativos actuales. En la tradición educativa ha tenido y tiene, sin embargo, un gran peso la atención a grupos homogéneos, especialmente en los mayores de doce años. Mientras que la educación secundaria no ha sido obligatoria, el centro escolar ha tenido un cierto grado de libertad para seleccionar a su alumnado, para decidir quiénes continuaban en el sistema educativo y quiénes eran derivados directamente al ámbito profesional. La obligatoriedad hasta los 16 años excluye esta posibilidad, junto con las dificultades de incorporarse al mundo laboral sin suficiente formación.

 

Encontrarse en las aulas con un alumnado adolescente diverso, no sólo en capacidades y conocimientos, sino también en valores, intereses, motivación y formas de interpretar el mundo, implica un reto para la escuela y el profesorado que son, en última instancia, quienes deben concretar el principio de atención a la diversidad en la planificación y organización de los centros y las aulas.

 

La obligatoriedad implica no sólo la obligación del alumno/a a asistir a clase sino también que la escuela está obligada a proporcionarle los medios para su máximo desarrollo personal y posibilidades de integración social. Ello significa que ante esa diversidad de alumnado no pueda juzgarse a todos según unos únicos estándares válidos y mantenerse el cumplimiento de unos objetivos de máximos iguales para todos, sino que debe procurarse la consecución de unos mínimos exigibles a la mayoría y unos máximos para cada uno según su propio potencial. No se trata de tratar a todos igual sino a cada uno en forma diferente de acuerdo con sus características y necesidades, para garantizar precisamente la igualdad de oportunidades. La igualdad no es un requisito previo del/la estudiante sino un derecho a conseguir en cuanto a oportunidades, desarrollo personal y participación social, independientemente de sus características o procedencia.

 

Evidentemente la realidad educativa de los distintos países del mundo es también diversa: mientras en los países más desarrollados trata de concretarse esta atención a la diversidad en el ámbito escolar desarrollando recursos para que la incorporación de todos y todas sea una realidad no excluyente, ampliando la edad obligatoria de permanencia en el sistema y valorando la enseñanza individualizada; hay países subdesarrollados o en vías de desarrollo donde muchos niños, niñas y jóvenes permanecen al margen del sistema educativo y no llegan a escolarizarse. En este artículo indagaremos sobre las bases teóricas de la atención a la diversidad cultural, centrándonos sobre todo en la realidad más cercana.





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